sábado, 27 de abril de 2013





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Modelo de declaración del IRPF 


El modelo de decalración que se debe utilizar presentar la declaración sobre la renta IRPF, es el mismo para todos los contribuyentes, independientemente de cuál sea la Comunidad Autónoma en la que hayan tenido su residencia en el ejercicio 2012, tanto si resultan obligados a declarar como si no lo están y solicitan la devolución derivada de la normativa del IRPF, que les corresponda. Las novedades más relevantes son las siguientes:

Se introduce un nuevo supuesto de declaración complementaria motivado por la modificación de la Ley del IRPF (art. 14.3) en el sentido de permitir que cuando un contribuyente traslade su residencia a otro Estado miembro de la Unión Europea, pueda optar por imputar las rentas pendientes al último período impositivo que deba declararse por el IPRF mediante autoliquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno, o por presentar, a medida en que se vayan obteniendo cada una de las rentas pendientes de imputación, una liquidación complementaria sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno, correspondiente al último período que deba declarase por este impuesto, presentándose esta última autoliquidación complementaria en el plazo de declaración del período impositivo en el que se hubiera podido imputar dichas rentas en caso de no haberse producido la pérdida de la condición de contribuyente.

Se introduce una nueva casilla para los supuestos de transmisión de elementos patrimoniales que hayan gozado de la libertada de amortización ya que el exceso de amortización deducida respecto de la amortización deducible de no haberse practicado la libertad de amortización, tiene la consideración de rendimiento íntegro de la actividad económica. (DA 30ª LIRPF)

Como consecuencia de la posibilidad que tienen los contribuyentes que realicen actividades económicas de actualizar balances, (L16/2012), se introduce una casilla para que el contribuyente indique si ha presentado la autoliquidación del Gravamen único sobre revalorización de activos para contribuyentes del IRPF.

Se incorporan tres nuevas casillas para contemplar la exención parcial de las ganancias patrimoniales puestas de manifiesto con ocasión de la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos a título oneroso a partir del 12 de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre del mismo año. (DA 37ª LIRPF)
  • Se adapta el modelo para incorporar el gravamen complementario a la cuota íntegra estatal y sobre el ahorro para los períodos impositivos 2012 y 2013.
  • Se suprime la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual para viviendas adquiridas antes del 20 de enero de 2006.
  • En lo referente a las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial, se adaptan las deducciones del régimen general del Impuesto sobre Sociedades a los cambios aprobados en 2012, tales como la reducción de los límites de deducción y la actualización de la normativa relativa a los regímenes especiales de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público que en el ejercicio 2012 dan derecho a tales deducciones.
  • En lo que se refiere a las deducciones autonómicas, se han efectuado las necesarias modificaciones en el modelo de declaración para recoger las vigentes para el ejercicio 2012.

Modelo de declaración y formas de presentación del Impuesto sobre el Patrimonio


El modelo de declaración (modelo D-714) reproduce la misma estructura de contenidos de la declaración del 2011, manteniendo la simplificación de los elementos formales a fin de facilitar su tratamiento en los procesos informáticos relacionados con la generación de los ficheros electrónicos para la presentación telemática de las declaraciones y con la obtención de copias electrónicas de las mismas.

Se mantiene como forma de presentación exclusiva la presentación telemática a través de Internet y se permite que dicha presentación se pueda realizar, no sólo con sistemas de firma electrónica avanzada, ya sea la incorporada al Documento Nacional de Identidad (DNI) electrónico o la basada en certificados electrónicos, sino también mediante el empleo de otros sistemas de firma electrónica no avanzada como es la que utiliza como identificación del declarante el número de referencia del borrador o de los datos fiscales del IRPF puestos a disposición del contribuyente por la AEAT.

Asimismo, al igual que en el ejercicio 2011, los contribuyentes que presenten declaración por el Impuesto sobre Patrimonio, deben utilizar también la vía telemática, o, en su caso, la telefónica, para la presentación de la declaración del IRPF o para la confirmación del borrador de la misma, según proceda.

Plazo de presentación de las declaraciones de IRPF e Impuesto sobre Patrimonio

El plazo de presentación de las declaraciones de IRPF es el siguiente:
  • El comprendido entre el 24 de abril y 1 de julio de 2013, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por vía telemática a través de Internet.
  • El comprendido entre el 6 de mayo y el 1 de julio de 2013, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por cualquier otro medio.

El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio es el comprendido entre el 24 de abril y el 1 de julio de 2013, ambos inclusive.

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