viernes, 27 de julio de 2012

Consejo de Ministros del día 28 de Agosto de 2012


El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro proyectos de Ley, entre ellos se encuentra el Proyecto de Ley Orgánica de Reforma del Código Penal, con repercusiones tributarios y de lucha contra el fraude en la contratación.
Se crea un tipo de delito fiscal agravado con el objeto de dar respuesta a los fraudes de mayor entidad. Este tipo se aplica cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
·         Que la cuota defraudada exceda de 600.000 euros.
·         Que la comisión del delito se lleve a cabo a través de bandas criminales organizadas, a través de testaferros o sociedades interpuestas, o en territorios calificados como paraísos fiscales.
En esto supuesto, se eleva la pena hasta 6 años de prisión y el plazo de prescripción a 10 años. Hasta ahora la prescripción penal para este tipo de delitos era de 5 años. En aquellos casos, en el que el obligado tributario está en proceso de revisión o de inspección y hubiera indicios de la existencia de un delito fiscal, el actuario viene obligado a la paralización del procedimiento administrativo, dando traslado del mismo al Ministerio Fiscal. El traslado del expediente la Ministerio Fiscal, no determina la imposibilidad de cobro de la deuda, permitiéndose continuar con el ejercicio de la acción de cobro.
Así mismo, se modifica la configuración del delito fiscal, previéndose la regularización voluntaria como elemento del tipo delictivo en lugar de cómo excusa absolutoria del mismo. Da una nueva redacción del artículo 305 del Código Penal.
Otras de las medidas anunciadas es la intensificación de las medidas contra las tramas de fraude en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)


 

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