sábado, 11 de mayo de 2013


NOTA INFOMRATIVA DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE RECEPCION DE NOTIFIACIONES TELEMATICAS

 El 1 de abril del presente año entró en vigor la obligatoriedad de recepción telemática de determinadas notificaciones realizadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (OM 485/2013 de 26 de marzo). Esta obligatoriedad será efectiva de forma paulatina a medida que las empresas y trabajadores autónomos incluidos reciban un escrito de esta Entidad anunciándola.
Por el momento se incluye en el sistema de notificaciones telemáticas (NOTESS)  las reclamaciones de deuda, providencias de apremio, actos de recaudación ejecutiva y procedimiento de deducción, pero en el futuro cercano el sistema alcanzará a todas las actuaciones y procedimientos en materia de Seguridad Social.
Para que el sistema funcione adecuadamente es necesario contar con los datos de contacto de los sujetos obligados al NOTESS. Estos datos son el correo electrónico y un número de teléfono y son necesarios para que reciban el aviso previo de la TGSS de la existencia de una notificación en SEDESS (Sede electrónica de la Seguridad Social), independientemente del aviso que pueda recibir el autorizado RED.
Los sujetos incluidos en el NOTESS acceden a las notificaciones necesariamente con un certificado electrónico, por lo que conviene que los autorizados RED trasladen a sus clientes la importancia de disponer de ese certificado.
En tercer lugar, solicitamos su colaboración para incluir en el sistema a aquellas personas que no estando obligadas, pueden suscribirse de forma voluntaria: trabajadores autónomos que no tengan o hayan tenido trabajadores a su cargo, cabezas de familia del sistema especial de empleados de hogar, etc. Su tratamiento homogéneo con el resto de colectivos facilitará tanto la gestión de los profesionales como la de la administración.


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